Salarios y derechos laborales.

El nuevo gobierno a enarbolado una cruzada de reducción salarial de cara a la opinión pública que ha abarcado la noticia central de los medios de comunicación e inclusive muchos lo han visto con buenos ojos. Creo que es necesario mejorar los salarios de los nicaragüenses pero con medidas serias y eficaces que verdaderamente tengan un impacto en la sociedad.
Como jurista estoy comprometida a revelar las verdades y repercusiones legales de esa medida “apresurada” que ha salido a la palestra publica. Es menester recordar que en la legislación laboral nicaragüense el principio civilista de la autonomía de la voluntad cede y es limitada por el ordenamiento laboral, en consecuencia las disposiciones son de riguroso cumplimiento.
Es populismo decir vamos a reducir los salarios a todos los funcionarios de alto rango sin tomar en cuenta la anuencia del servidor publico, pues la ley de derechos adquiridos Ley 516 (D.O La gaceta Nº 11 del 17/01/05) es clara en establecer que el concepto de derechos laborales adquiridos “es el conjunto de beneficios, facultades, normas tutelares y disposiciones similares que se encuentran establecidas a favor de los trabajadores en la Constitución Política, la legislación laboral, los convenios internacionales del trabajo, los reglamentos ministeriales o decretos …” así refiere el arto 2 de la citada ley que “…al tenor de lo dispuesto en la Constitución Política , Código del trabajo, legislación laboral, leyes especiales, reglamentos ministeriales, convenios colectivos o acuerdos, serán considerados como derechos laborales adquiridos en términos definitivos…” Por esta razón la reducción salarial podría caber para los nuevos Ministros y su personal de confianza, pero no para el personal permanente o directores de áreas sustantivas o especificas por ser cargos de la carrera administrativa. Es incompatible solicitar reducción salarial por medio de una Ley porque contraviene a ley expresa, y por estar en directo detrimento y restricción al derecho humano del trabajo y finalmente por ser inconstitucional.
Nicaragua ha avanzado en materia laboral, porque no proponer en vez de reducción salarial, reducción de impuesto para que la canasta básica sea más asequible a todos los nicaragüenses.
Otro aspecto que llama la atención es que se esta solicitando por debajo de la mesa a los Funcionarios del Poder Ejecutivo que pongan a disposición sus cargos, en lenguaje laboral es a disposición su renuncia, esta medida no ha sido publica sino en silencio, ante este atropello y presión laboral indirecta ejercida contra el funcionario deben de inmediato tomar ciertas medidas personales tales como: Acudir ante la Procuraduría de Derechos Humanos o ante el Centro para la defensa de los derechos humanos, recoger y disponer de medios para recopilar la evidencia de la solicitud, solicitar tutela y denunciar ante los Sindicatos de su institución, enviar su denuncia a la Procuraduría General de la Republica ante la dirección de denuncia ciudadana, ante la Comisión de asuntos laborales de la Asamblea Nacional, a las Organizaciones gremiales a la cual tu perteneces, ante los juzgados laborales y por ultimo ante los Medios de comunicación, porque el Silencio es el objetivo que persiguen para quedar impunes y te van a tratar de chantajear, así como también deben tomar en cuenta que la Ley 476 Ley de Servicio Civil y de la Carrera administrativa prevé un proceso disciplinario que puede ser utilizado como mucha discrecionalidad por los Jefes de Recursos Humanos de su institución para menoscabar y retirarlo del Servicio Civil de “forma legal” sin que muchas veces usted se lo imagine. Por ende recuerde que por cada tres memorando de llamados de atención se va realizando su colchón para el despido. No tenga miedo estimado funcionario exija su derecho, pues derecho que no se pide, es derecho que se pierde.
Otro aspecto es que quizás usted no se sienta representado por su sindicato, eso es comprensible en vista que evidentemente tienen la misma línea ideológica del gobierno, pero usted debe enviar solicitud de tutela en caso de violación a sus derechos, y si no existe respuesta, ellos quedan en evidencia y además puede denunciarlos por actos discriminatorios por hacer diferencia en cuanto al rango o condición salarial, pues tanto su trabajo ejercido es tan digno como el que realizan los servidores de vigilancia, conductores y otros similares.
Nadie puede restringirle sus derechos estimado funcionario, usted es del servicio civil de conformidad al arto 120 de la ley 476.
Exijamos al Gobierno respeto a los derechos de los trabajadores, al apego irrestricto a la Constitución, y sobre todo exigir respeto a la inteligencia de los nicaragüenses que ya no toman atole con el dedo, me parece una burla decir una verdad a medias, pues jurídicamente hablando es ilegal restringir y reducir salarios a los funcionarios que ya fungen en sus cargos. Lo que es procedente es para el nuevo funcionario de alto rango como Ministros y Directores de entes descentralizados. Si el gobierno quiere dar la pinta de honesto que lo hagan de manera legitima y que sea exclusivamente Voluntario la reducción.
En vez de reducir salario busquemos aumentar el salario de todos los nicaragüenses, bajar el petróleo, eliminar a grandes empresas los subsidios para mejorar los salarios a policías, médicos, maestros entre otros, reducir el IVA que beneficia a todos los nicaragüenses.
Amigo funcionario mi ultima recomendación es decirte que no tengas miedo, tu voz se necesita escuchar, no te dejes amedentrar, defiende tu derecho.

Jessica López Mendoza
Abogada

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