Reconocimiento Jurídico del Derecho a la vida y Protección de las Personas Sistema Jurídico Nicaragüense

Jerarquía del Ordenamiento Jurídico Nicaragüense (Pirámide de Kelsen)
¨ Asamblea Constituyente
¨ Constitución Política
¨ Leyes secundarias (Poder Legislativo)
– Códigos de leyes
– Leyes especiales
¨ Reglamentos y Decretos (Poder Ejecutivo)
¨ Acuerdos, Ordenanzas, Circulares (Órganos administrativos)

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE NICARAGUA-1987.

(Derechos Individuales)Supremacía del Derecho a la vida de la persona humana
Arto. 23: El derecho a la vida es inviolable e inherente a la persona humana. En Nicaragua no hay pena de muerte.

Límite de los derechos y obligaciones
Arto. 24: Toda persona tiene deberes...
Los derechos de cada persona están limitado por los derechos de los demás...

Derechos y Deberes Básicos
Arto. 25: Toda persona tiene derecho:
– A la libertad individual
– A su seguridad
– Al reconocimiento de su personalidad y capacidad jurídica

(Derechos de la Familia) Protección a la Vida Humana antes de ser gestada
Arto. 74: El Estado otorga protección especial al proceso de reproducción humana.
La mujer tendrá protección especial durante el embarazo...
Nadie podrá negar empleo a las mujeres aduciendo razones de embarazo...

CODIGO CIVIL DE NICARAGUA-1904
¿Quién es Persona Natural?¿Quién es Persona por nacer?
¨ Son personas naturales todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición. (Arto. 2C)
¨ Son personas por nacer las que están concebidas en el vientre materno. (Arto. 11C)

¿Desde cuándo comienza la existencia de la persona y su protección?

¨ Desde la concepción en el seno materno, comienza la existencia natural de las personas; y antes de su nacimiento deben ser protegidos... (Arto. 19C)

¿Existe en nuestra legislación procedimientos para proteger al no nacido? SI

¨ La ley protege la vida del que está por nacer. La autoridad, en consecuencia, tomará a petición de cualquier persona, o de oficio, todas las providencias que le parezcan convenientes para proteger la existencia del que está por nacer siempre que crea que de algún modo peligra. (Arto. 13C)

¿Existe en nuestra legislación procedimientos para proteger al no nacido? SI

¨ Al que está por nacer puede nombrársele guardador de sus derechos eventuales. (Arto. 12C)
¨ (De las guardas testamentarias)...Los padres pueden nombrar guardador al hijo que está por nacer... (Arto. 306C)
¨ (De la guarda judicial) Los jueces nombrarán guardador... A los derechos eventuales del que está norma. (Arto. 321C, inciso 7)

¿Existe en nuestra legislación procedimientos para proteger al no nacido? SI

¨ Son personas interesadas para este fin:
– 1) Los parientes en general...
– 2) Los acreedores de la herencia.
– 3) El Ministerio Público
(Arto. 15C)

CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL DE NICARAGUA-1905
Libro I - Reglas para determinar la competencia

...Para nombrar guardador a los derechos eventuales del que está por nacer, será competente el Juez del lugar en que la madre tuviere su domicilio. (Arto. 268Pr)

Libro II - Del depósito de personas
¨ Podrá decretarse el deposito... De la mujer embarazada que se presente demandando que se atenta contra la vida de su hijo que lleva en su vientre. (Arto. 613Pr, inciso 4)
¨ El depósito durará hasta que cesen las circunstancias que hayas puesto en peligro la existencia natural del no nacido o hasta el nacimiento. (Arto. 635Pr)

CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA DE NICARAGUA-1998.
¿Desde qué momento se reconoce y protege a la niñez?

¨ Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho intrínseco a la vida desde su concepción y a la protección del Estado a través de políticas que permitan su nacimiento... (Arto. 12CNA)

LEY NO. 290, ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDI- MIENTOS DEL PODER EJECUTIVO-1998
Funciones Ministeriales/ Ministerio de la Familia
¨ Al MIFAMILIA le corresponden las funciones siguientes... Promover y defender la vida desde su concepción en el seno materno hasta su natural extinción. (Arto. 29, inciso e)

DECRETO No. 10-2000: DECLARACIÓN DEL DIA NACIONAL DEL NIÑO POR NACER (25 de Marzo)

¨ La Gaceta No. 21, del 31 de Enero de 2000, Página 486

CODIGO PENAL DE NICARGUA-1974
Delitos contra las personas Artos. 126 al 217, Título I, Libro II (VIGENTE) Del Aborto, Artos. 162 al 165, Capítulo V (VIGENTE)

¨ El que causare la muerte de un feto en el seno materno o mediante aborto será reprimido con prisión... [de 1 a 10 años]

CODIGO PENAL DE NICARGUA
Aborto Terapéutico / Arto. 165Pn (VIGENTE)

El aborto terapéutico será determinado científicamente, con la intervención de tres facultativos por lo menos, y el consentimiento del cónyuge o pariente más cercano a la mujer, para los fines legales.


Circunstancias Eximentes de Responsabilidad Criminal, Arto. 28, Capítulo II, Título II, Libro I (VIGENTE)
¨ Están exentos de responsabilidad criminal:
– El que obra impulsado por la necesidad de preservarse de un peligro inminente e imposible de evitar de otra manera, si en la circunstancia en que se ha cometido el acto no podía razonablemente exigirse del autor el sacrificio del bien amenazado. (Arto. 28Pn, inciso 6)

Circunstancias Eximentes de Responsabilidad Criminal, Arto. 28, Capítulo II, Título II, Libro I (VIGENTE)
¨ Están exentos de responsabilidad criminal:
– El que con ocasión de ejecutar un acto lícito con la debida diligencia, causa un mal por mero accidente. (Arto. 28Pn, inciso 8)

Circunstancias Eximentes de Responsabilidad Criminal, Arto. 28, Capítulo II, Título II, Libro I (VIGENTE)
¨ Están exentos de responsabilidad criminal:
– El que obra en cumplimiento de un deber o en ejercicio legítimo de un derecho, autoridad, oficio o cargo. (Arto. 28Pn, inciso 9)

EL LLAMADO “ABORTO TERAPÉUTICO” VIOLA EL ORDENAMIENTO JURIDICO NICARAGÜENSE

¨ Rompe la coherencia con TODAS LAS LEYES NACIONALES que protegen la vida humana desde el seno materno.
¨ Abortar es Matar y NADIE tiene un tal “derecho a matar”.
¨ El derecho a la vida es un derecho:
– Intrínsecamente válido
– Formalmente válido.
– Socialmente válido.
¨ La ley penal establece las causas que EXIMEN de culpabilidad y de cárcel al médico y a la mujer ante un aborto no provocado o indirecto. (Artos. 28Pn, incisos 6, 8 y 9)
¨ La inmensa mayoría de los nicaragüenses así lo demandan.
¨ Está destruyendo a la Familia.
¨ Exalta la violencia, la ignorancia y la negación.
¨ La Fe, la Ciencia y la Razón están de nuestro lado.




Lic. Jessica López Mendoza
Abogado y Notario Público

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