Orígenes de los DDHH


¡Saludo Inicial e invocación al Altísimo Señor!.
HUMILDAD ES LA JUSTICIA CON QUE NOS VEMOS A NOSOTROS MISMOS.
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Antes de iniciar este bloque de temas, referidos exclusivamente a la materia de Derechos Humanos como una materia autónoma del derecho, es importante hacer notar, ¿que se entiende por derechos humanos? - desde el punto de vista conceptual.
Es el espacio de libertad, facultad o derecho inherente a las personas para que estas puedan desarrollar y satisfacer sus necesidades espirituales, políticas y materiales dentro de la esfera de acción de los individuos, el Estado y la sociedad.
Tambien los DDHH se aplican en las relaciones privadas donde pueden surgir obligaciones de dar, hacer o no hacer.
Es un tema trascendental saber el origen de los DDHH, sin embargo hoy conoceremos las diferentes teorías que explican el génesis de esta rama del derecho.
En el año 539 a.C., los ejércitos de Ciro el Grande, el primer rey de la Persia antigua, conquistaron la ciudad de Babilonia. Pero sus siguientes acciones fueron las que marcaron un avance significativo para el Hombre. Liberó a los esclavos, declaró que todas las personas tenían el derecho a escoger su propia religión, y estableció la igualdad racial. Éstos y otros decretos fueron grabados en un cilindro de barro cocido en lenguaje acadio con escritura cuneiforme.
Conocido hoy como el Cilindro de Ciro, este documento antiguo ha sido reconocido en la actualidad como el primer documento de los derechos humanos en el mundo. Está traducido en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas y sus disposiciones son análogas a los primeros cuatro artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
La Difusión de los Derechos Humanos
Desde Babilonia, la idea de los derechos humanos se difundió rápidamente por la India, Grecia y por último a Roma. Ahí nació el concepto de “ley natural”, tras observar el hecho de que las personas tendían a seguir, en el transcurso de la vida, ciertas leyes que no estaban escritas, y la ley romana se basaba en ideas racionales derivadas de la naturaleza de las cosas.
Los documentos que afirman los derechos individuales, como la Carta Magna (1215), la Petición del Derecho (1628), la Constitución de Estados Unidos (1787), la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789), y la Carta de Derechos de Estados Unidos (1791) son los precursores escritos de muchos de los documentos de los derechos humanos de la actualidad.
En 1215, después de que el rey Juan de Inglaterra violara un número de leyes y tradiciones antiguas con que se había gobernado Inglaterra, sus súbditos lo forzaron a firmar la Carta Magna, la cual enumera lo que después vino a ser considerado como los derechos humanos. Entre ellos estaba el derecho de la iglesia a estar libre de la intervención del gobierno, los derechos de todos los ciudadanos libres a poseer y heredar propiedades y que se les protegiera de impuestos excesivos. Estableció el derecho de las viudas que poseían propiedades para decidir no volver a casarse, y establece principios de garantías legales e igualdad ante la ley. También contenía disposiciones que prohibían el soborno y la mala conducta de los funcionarios.
Considerada ampliamente como uno de los documentos legales más importantes en el desarrollo de la democracia moderna, la Carta Magna fue un punto de cambio crucial en la lucha por la libertad.
La Petición del Derecho (1628) 
En 1628 el Parlamento Inglés envió esta declaración de libertades civiles al Rey Carlos I.
En 1628 el Parlamento Inglés envió esta declaración de libertades civiles al Rey Carlos I.
El siguiente hito reconocido en el desarrollo de los derechos humanos fue la Petición del Derecho, producida en 1628 por el Parlamento Inglés y enviada a Carlos I como una declaración de libertades civiles. El rechazo del Parlamento para financiar la impopular política externa del rey, causó que su gobierno exigiera prestamos forzosos y que tuvieran que acuartelar las tropas en las casas de los súbditos como una medida económica. El arresto y encarcelamiento arbitrarios por oponerse a estas políticas, produjo en el Parlamento una hostilidad violenta hacia Carlos y George Villiers, el primer duque de Buckingham. La Petición del Derecho, iniciada por Sir Edward Coke, se basó en estatutos y documentos oficiales anteriores y hace valer cuatro principios: (1) No se podrá recaudar ningún impuesto sin el consentimiento del Parlamento. (2) No se puede encarcelar a ningún súbdito sin una causa probada (reafirmación del derecho de habeas corpus), (3) A ningún soldado se le puede acuartelar debido a su ciudadanía, y (4) No puede usarse la ley marcial en tiempos de pa.
·         Teoría Iusnaturalista.
Esta teoría explicaba que los DDHH se fundamentan en un orden universal, inmutable e indeleble. Esta teoría sostenía que se podían invocar e cualquier lugar y tiempo y el legislador debería someterse. Fue criticada porque supuestamente porque si un DDHH no estaba reconocido por ley no era propiamente un derecho.
·         Teoría positivista.
Se plantea que los DDHH surgen de la Ley positiva a través de una asamblea legitima y representativa.  Surgen a medida que el ordenamiento jurídico lo establece. Sin embargo adoptar esta teoría se corre el riesgo de que se supedite el nacimiento, extensión y supresión de los DDHH a la decisión unilateral de la Asamblea legislativa.
·         Teoría Mixta.
Parte de la idea de que no existe un fundamento único y absoluto, sino de varios fundamentos, y que se originan de un orden superior y anterior al ordenamiento jurídico y solo adquieren naturaleza de derecho por su incorporación a la ley. (positivización).
La atribución de los derechos humanos a las personas corresponde al Derecho Constitucional, pero los textos constitucionales no son lo suficientemente completos ni claros muchas veces.
CARACTERISTICAS DE LOS DDHH.
·         Inalienables, irrenunciables, inviolables, imprescriptibles, universales, inherente a las personas efectivos e interdependientes.
Inalienables: no pueden ser vendidos o transferidos, no pueden ser objeto de actos y contratos.
Irrenunciables. Significa y por consecuencia están fuera de la libertad o voluntad del beneficiario.
Inviolables. Porque por regla general son absolutos, salvo disposición de la ley en algunas circunstancias.
Imprescriptibles. Porque no se pierden o se adquieren por el transcurso del tiempo.
Universales. Porque son inherente a la persona humana, en el lugar donde se encuentre. Este carácter lo impone el titular de ellos: la persona.
Inherentes. Se refiere a que la persona al momento de su existencia trae consigo esos derechos porque forman parte de su dignidad y en consecuencia anterior al Estado.
Clasificación de los Derechos Humanos.
Derechos Personales. Los cuales protegen el desarrollo de la personalidad humana., protección a la dignidad humana, al honor, y a la propia imagen, al derecho a la nacionalidad, al de la intimidad, a su libertad ideológica, a su residencia y circulación, entre otros.
Derechos Civiles. Implica facultades de los particulares y deberes del Estado, como facultad para que los derechos intereses sean tutelados judicialmente, entre ellos el principio de legalidad penal, el debido proceso, interdependencia de poderes, unidad jurisdiccional, la gratuidad de la justicia, derecho a la defensa, presunción de inocencia.
Derecho Políticos. Son aquellos que permiten la participación de los ciudadanos, en la formación y toma de decisión del poder, como el derecho al sufragio activo y pasivo, derecho a participar en un partido político, el plebiscito, el referéndum, iniciativa popular de leyes.
Derechos económicos, sociales y culturales. Son aquellos que tienden a crear condiciones culturales, económicas y culturales sociales para que las personas puedan disfrutar la vida de forma integral.
ONU y su clasificación.
A.   Derechos Civiles y Políticos.
B.   Derechos económicos, sociales y culturales.
OEA y su clasificación.
A.   Por su contenido. a) Derechos civiles y políticos. b) Derechos económicos, sociales y culturales. C) Derechos de la solidaridad.
B.   Por los valores que representan. A) Derecho de la libertad. B) Derecho de la igualdad. C) Derechos de la solidaridad.
C.   Por su aparición histórica. a) D. de la primera generación. b) Derechos de la segunda generación c) derechos de la tercera generación.


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