El CEDAW NO ES VINCULANTE A NICARAGUA

NICARAGUA EJERCE SU SOBERANIA
En Nicaragua a lo largo de su historia como Republica Independiente, no ha reconocido en su Constitución bajo ningún punto el reconocimiento al Aborto como un “derecho”. Asi mismo el país a través de los gobiernos liberales y en la actualidad con el gobierno del Señor Ortega ha mantenido un mismo pensamiento tanto antropológico como apegado a nuestro ideal de país.
El arto 182 Cn expresa rotundamente “La Constitucion Política es la carta fundamental de la Republica; las demás leyes están subordinadas a ella. No tendra valor alguno las leyes, tratados, ordenes o disposiciones que se le opongan o alteren sus disposiciones”. Quiere decir que si un tratado roza con la Constitucion no tendrá efecto para el país, para ello Nicaragua realizó reservas en las conferencias del Cairo y Bejing y asi los siguientes gobiernos entendiendo que es lo que la mayoría de los nicaraquenses han exigido a sus gobiernos durante años le guste o no a la ONU.

De conformidad a esta norma constitucional la historia de los gobiernos predecesores mantuvieron en la Conferencia del Cairo y Bejing las “Reservas” que en su parte conducente expresan: “Nicaragua no reconoce los términos "derecho sexual" ni "orientación sexual" cuyas definiciones se desconocen en las Conferencias, Foros e Instrumentos vinculantes de Naciones Unidas. – “11) Nicaragua no reconoce ningún nuevo derecho humano universal dentro del pánafo No. 96 de la plataforma de Acción referido en este documento.

La amenaza que hacen los organizaciones internacionales a Nicaragua son sin fundamento legal, carecen de legitimidad e improcedentes en vista que los comités de seguimientos de los tratados no son vinculantes ni tienen peso en el derecho internacional. Estos comités no están legitimados para interpretar tratados o de cambiar las leyes nacionales que son anteriores a los tratados, ya que no son representantes oficiales de ninguna nación soberana por lo que no pueden ejercer funciones de legisladores, inclusive el papel limitado los reconocen la mismas organizaciones proabortos, “ Los comités no son órganos judiciales y sus observaciones finales no son legalmente vinculantes”. ( Ver Christina Zampas& Jamie M.Gher, Aborto como Derecho Humano, pag 249, 253 ano 2008).

La soberanía como bien decía Sandino “la soberanía no se discute se defiende con las armas en la manos” pues ante el injerencismo abierto y descarado de Organizaciones civiles a asuntos internos de Nicaragua viene a poner en riesgo nuestra soberanía. El principio de soberanía es el principio internacional sobre el que descansa el derecho internacional y el principio fundacional de las propias Naciones Unidas. Deben entender los políticos que el tema de aborto puede ser el mantenimiento de su poder o el ascenso del adversario, no creo que un político inteligente desee la despenalización del aborto porque pondría en riesgo su propio poder. No existe ningún tratado internacional que reconozca el aborto como “derecho” de allí se cae cualquier argumento.

Comentarios

Entradas populares de este blog

La verdadera Paz

Clase de Derecho Notarial. La estructura de la Escritura Publica.

Clase 3. El valor jurídico del instrumento publico