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Mostrando entradas de septiembre, 2012
LUGARES INSEGUROS PARA LOS “TEENS” A propósito del suceso de este viernes, en un bar capitalino donde un menor es muerto a balazos por otra persona.  Es sumamente doloroso escuchar estas noticias, sobre todo porque son jóvenes con un futuro por delante. Pero es sumamente condenable la negligencia de muchas empresas en no tomar medidas drásticas en cuando a las medidas de seguridad en el ingreso de personas a lugares públicos, y la tolerancia, permisividad y autorización de dejar entrar a menores de edad a lugares destinados para adultos.  En muchas ocasiones me he tomado la tarea de levantarme de un lugar e ir a hablar con el gerente y exponerle que es totalmente prohibido y delito que adolescentes (menores) estén en bares, y el segundo delito cometido por el local es el expendio de licor, en esa ocasión observe que casualmente esos adolescentes yo los conocía y conocía a sus padres. Noté que en ningún momento les pidieron la cedula, respondiéndome el encargado que “ellos me dijero
AMORIO Vs DELITO A razón de una noticia del vecino país Costa Rica, en el que se vio involucrada una funcionaria de gobierno y un nicaragüense, centrándose la noticia en delimitar por los tribunales la línea divisoria entre un amorío (infidelidad) versus un delito de acoso sexual. De este modesto ensayo desligo el puramente el acoso sexual que las mujeres en particular están sometidas muchas veces en el ambiente laboral. La infidelidad conyugal no es delito en Nicaragua, sin embargo es un acto moralmente reprochable, e inclusive los psicólogos siempre recomiendan rechazar una relación basada en el engaño, la mentira y la traición, porque acarrea consecuencias negativas para ambos y daña la dignidad personal. El articulo 174 del Código Penal tipifica el acoso sexual como delito y literal dice: “Quien de forma reiterada o valiéndose de su posición de poder, autoridad, o superioridad demande, solicite para si o para un tercero, cualquier acto sexual a cambio de promesas, explicitas o